Del Estatuto de Radio y Televisión a la ruptura del monopolio: una mirada al panorama televisivo del los 90
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Resumen
Televisión española se inauguró en Madrid el 19 de octubre de 1956, en un clima de hermetismo político, económico y cultural propio de la dictadura franquista. La petición de una televisión propia por parte de las distintas nacionalidades se hizo constante durante los años de la transición política. El referente general para amparar tal petición fue el artículo 20 de la constitución. En su apartado 3, se afirma que “la ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social que dependan del Estado o de cualquier entidad pública, y garantizará el acceso a estos medios por parte de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diferentes lenguas de España”. Además, el propio Estatuto de RTVE establecía la concesión de un tercer Canal gestionado por cada comunidad autónoma.
La Ley de televisión privada se aprobó el 14 de marzo de 1988. La televisión quedó definida como un servicio público. Esta normativa hizo posible que sociedades mercantiles de titularidad privada tuvieran cabida en la gestión de dicho servicio. La ley limitaba a tres el número de concesiones, alegando cálculos de viabilidad económica y exigencias o limitaciones técnicas, además del interés público. La fragmentación de la audiencia cobró un nuevo impulso en 1990 con la implantación de los tres primeros canales de televisión privada –Antena 3, tele 5 y Canal Plus-. El mejor termómetro de la situación fue Televisión Española, que vio cómo la audiencia media de sus programas de mayor aceptación para del 50% -en los últimos años de monopolio- al 30% -últimos meses de 1990 y primero de 1991.El aumento del número de canales de televisión y de las horas de emisión no supuso, sin embargo, un crecimiento significativo del consumo de televisión.Descargas
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